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¿Quién es el dueño del código fuente del software a medida?

Propiedad del software y proveedores

Filip PapranecFundador de Digitaliko

Los derechos sobre el papel no bastan. Necesita el código en sus manos. Ilustración: una ventana con código fuente y una llave que lo entrega a una carpeta propiedad del cliente.Los derechos sobre el papel no bastan. Necesita el código en sus manos. Ilustración: una ventana con código fuente y una llave que lo entrega a una carpeta propiedad del cliente.

En el software hecho por encargo, los derechos patrimoniales los ejerce normalmente el cliente. En Eslovaquia, según el § 91(4) de la ley de derechos de autor, esto suele aplicarse directamente por ley. Aun así, eso no significa que tenga el código en sus manos. Deciden tres cosas: qué encargó exactamente, qué aportó ya hecho el proveedor y dónde está realmente el código.

Desde 2023 hemos entregado más de 15 proyectos en producción. A continuación, principios generales y lo que aprendimos de nuestros propios contratos. Somos una empresa eslovaca, así que esto describe el derecho eslovaco. No somos abogados y esto no es asesoramiento jurídico. En otros países las reglas son distintas.

¿Qué dice la ley de derechos de autor sobre el software hecho por encargo?

A un programa informático o una base de datos hechos por encargo se les aplica el régimen de la obra realizada por un empleado. El cliente se considera el empleador (§ 91(4), Ley n.º 185/2015 Rec.).

En la práctica, usted ejerce normalmente los derechos patrimoniales en nombre propio y por cuenta propia. Directamente por ley, sin cesión y sin licencia. Esto cubre todo lo que se hizo para usted por encargo.

Para otros resultados, como la documentación o los textos, se acuerda una licencia exclusiva. Sin límite territorial ni temporal y para todas las formas de uso.

Pero los derechos por ley son solo la mitad. La otra mitad tiene que estar en sus manos.

Quién es el dueño del código del software a medida: a la izquierda el contrato de desarrollo (software hecho por encargo según el § 91(4), las herramientas del proveedor con licencia permanente, una discutible "cesión de todos los derechos"), a la derecha la comprobación antes de terminar la colaboración: código con historial, documentación, accesos, claves y datos. Un dominio a nombre del proveedor es un candado.Quién es el dueño del código del software a medida: a la izquierda el contrato de desarrollo (software hecho por encargo según el § 91(4), las herramientas del proveedor con licencia permanente, una discutible "cesión de todos los derechos"), a la derecha la comprobación antes de terminar la colaboración: código con historial, documentación, accesos, claves y datos. Un dominio a nombre del proveedor es un candado.

¿Por qué no funciona la "cesión de todos los derechos" en un contrato?

Porque según la ley eslovaca de derechos de autor, los derechos patrimoniales de autor normalmente no se pueden transmitir. Por regla general no se pueden ceder ni renunciar a ellos. Una cláusula que diga "el proveedor cede al cliente todos los derechos patrimoniales" normalmente no se sostiene.

Cómo la interprete un tribunal depende de todo el contrato. Es más seguro escribir directamente una licencia exclusiva, con el alcance que fije el contrato. El abogado del cliente señalará esa cláusula, y el contrato parecerá descuidado. Esto no es asesoramiento jurídico; haga que un abogado revise su contrato.

¿Qué no es suyo aunque lo haya pagado?

Lo que el proveedor tenía antes del contrato o creó con independencia de él. Distinga cuatro casos:

QuéDe quién esQué obtiene usted
Software hecho para usted por encargoSuyo (usted ejerce los derechos patrimoniales)Todo
Un producto ya hecho o un SaaS que solo adaptaronDel proveedorUna licencia según el contrato
Librerías, plantillas y herramientas del proveedorDel proveedorUna licencia permanente para su negocio
Partes de código abiertoDe sus autoresSu licencia, normalmente permisiva

La tercera fila es justa. Un proveedor que regalara sus herramientas no podría usarlas con el siguiente cliente. Lo importante es que usted pueda usarlas de forma permanente, no solo mientras colaboran.

Si el proveedor trabaja con subcontratistas, pregunte si ha resuelto con ellos los derechos.

Tener los derechos no basta. ¿Qué debe tener en sus manos?

Los derechos sin código son solo papel. Antes de que termine la colaboración, idealmente durante toda ella, compruebe:

Con nosotros, el repositorio puede estar en su cuenta o en la nuestra, según acordemos. Tiene acceso a él desde el primer día. Si está en la nuestra, lo trasladamos a su cuenta (GitHub o similar) cuando nos lo pida, a más tardar al terminar el contrato.

La lista completa y un modelo de carta de solicitud están en un PDF. Abrir la checklist: Cambiar de proveedor de software (online o PDF).

¿Va a recibir un software nuevo? Antes de firmar, repase la plantilla de acta de aceptación de software: 15 comprobaciones y un acta que se rellena online.

Si ni siquiera el dominio está a nombre de su empresa, dejar al proveedor le dolerá. Cómo es que otro tenga sus datos lo describimos en Migrar datos de un SaaS a un sistema propio, sin interrupciones. El código, los datos y la infraestructura son del cliente desde el primer día, por ejemplo en el transitario cuyo sistema construimos y gestionamos.

¿Cómo se refleja en el contrato el cambio de proveedor?

Cada proveedor deja por escrito cómo empieza la colaboración. Pregunte también cómo termina. En nuestro contrato es un artículo aparte con tres puntos:

  1. Resolución con preaviso

    Sin necesidad de motivo.

  2. Entrega

    Todo el código, la documentación y los accesos.

  3. Ayuda con el cambio

    Entregamos el código y le ayudamos a pasar a otro proveedor.

Tiene un punto débil. En un sistema grande, el cambio lleva su tiempo. Por eso intentamos escribir la documentación durante el proyecto, no al final. Así funciona en todo el software a medida que construimos.

Cuando lea el contrato del próximo proveedor, vaya primero al final. Si no dice qué obtiene al irse, no lo obtendrá.

¿Y si su contrato ya está firmado?

Sáquelo y busque tres puntos. La cláusula de propiedad intelectual: ¿se basa en la obra hecha por encargo o "cede todos los derechos"? La cláusula sobre obras preexistentes: ¿tiene una licencia permanente sobre las herramientas del proveedor? Y la cláusula de resolución: ¿qué obtiene al irse?

Si falta algo, no hace falta un conflicto de inmediato. Pida una adenda en el próximo cambio del contrato. A un proveedor serio no le importará. Así lo hacemos con nuestros propios contratos.

¿Cuándo llamar a un abogado?

Cuente con un abogado cuando:

  • es un contrato más grande o incluye exclusividad,
  • el contrato abarca derechos más allá del proyecto,
  • la responsabilidad no tiene límite,
  • el proveedor le envía su propio contrato con una "cesión de todos los derechos",
  • el contrato se rige por una ley distinta de la eslovaca.

Si todavía está decidiendo si necesita software a medida, empiece por ¿Cuándo deja de bastar Excel en una empresa?.

Cuándo no se lo recomendamos

  • Usa un SaaS estándar sin cambios. No se preocupe por la propiedad del código. Proteja la exportación de sus datos.
  • Su proveedor trabaja bien, al contrato solo le falta una cláusula. No hace falta un conflicto ni un nuevo proveedor. Pida una adenda en el próximo cambio del contrato.
  • Quiere ser dueño también de las herramientas y librerías del proveedor. No lo pida. Basta con una licencia permanente para su negocio.
  • Es infraestructura crítica. El software de facturación o de pagos debe estar en manos de un proveedor con certificaciones, contrato y que asuma la responsabilidad.

Cuando algo es suyo, tiene más control sobre ello. Pero también más responsabilidad. Necesita capacidad para eso.

Filip Papranec
Filip Papranec
Fundador de Digitaliko

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Cuéntenos qué necesita resolver. Le respondemos en un plazo de dos días hábiles con algunas preguntas sobre su trabajo. Después acordamos qué hacemos primero.

Si prefiere hablar primero, reserve una llamada inicial de 15 minutos.

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En resumen

  • En el software hecho por encargo, usted ejerce normalmente los derechos patrimoniales directamente por ley (§ 91(4) de la ley eslovaca de derechos de autor).
  • Una "cesión de todos los derechos" normalmente no se sostiene según la ley eslovaca. El contrato debe basarse en la obra hecha por encargo.
  • Las herramientas y librerías del proveedor siguen siendo suyas. Basta con una licencia permanente para su negocio.
  • Los derechos sin código son solo papel. Tenga en sus manos el código con su historial, la documentación, los accesos, las claves y los datos.

Preguntas frecuentes

¿Quién es el dueño del código fuente del software a medida?

Según el § 91(4) de la ley eslovaca de derechos de autor, en un programa informático hecho por encargo el cliente se considera normalmente el empleador y ejerce los derechos patrimoniales directamente por ley. Esto cubre lo que se hizo por encargo, no las piezas ya hechas que aportó el proveedor. En otros países las reglas son distintas.

¿Puede el proveedor cederme todos los derechos sobre el código?

No de esa forma según la ley eslovaca. Los derechos patrimoniales de autor normalmente no se pueden transmitir, así que una cláusula que los cede normalmente no se sostiene. Un contrato correcto se basa en la obra hecha por encargo y, para el resto, en una licencia exclusiva.

¿Es mío todo lo que he pagado?

No siempre. Si el proveedor solo adaptó su producto ya hecho, usted tiene una licencia. Las librerías, plantillas y herramientas que el proveedor tenía antes del contrato siguen siendo suyas, y usted puede usarlas.

¿Bastan los derechos en el contrato?

No. También necesita el propio código con su historial, la documentación, el acceso a servidores, dominios y cuentas, e instrucciones para poner en marcha el sistema. Sin esto, sus derechos solo existen sobre el papel.

¿Cuándo necesito un abogado?

En un contrato más grande, con exclusividad, con derechos más allá del proyecto, con responsabilidad sin límite, con un contrato sujeto a una ley extranjera y siempre que un proveedor le envíe su propio contrato con una cesión de derechos.

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